Nuevas medidas aduanales en Cuba: ¿Qué se puede enviar?

El gobierno cubano ha implementado nuevas regulaciones aduanales que estarán vigentes hasta el 31 de enero de 2025. Estas medidas buscan facilitar el acceso de los ciudadanos a productos esenciales, como alimentos, productos de aseo, medicamentos e insumos médicos.

¿Qué se puede enviar a Cuba según las nuevas regulaciones?

Las regulaciones aduanales han sido actualizadas para permitir la entrada de ciertos productos esenciales bajo condiciones específicas. Estos cambios se aplican tanto a los pasajeros que viajan a Cuba como a quienes realizan envíos postales, aéreos o marítimos desde el extranjero.

A continuación, te detallamos qué se puede enviar a Cuba bajo las nuevas normativas:

  1. Productos permitidos:
    • Alimentos: Incluye productos envasados y no perecederos, como conservas, productos enlatados, granos y legumbres.
    • Productos de aseo: Entre los productos permitidos se incluyen jabones, champús, detergentes y otros artículos de limpieza personal y del hogar.
    • Medicamentos e insumos médicos: Medicamentos en envases originales y artículos médicos básicos como jeringuillas, guantes desechables, mascarillas, esfigmomanómetros y otros insumos para el cuidado de la salud están permitidos. También se permiten equipos médicos como concentradores de oxígeno y nebulizadores portátiles, que pueden ser cruciales en situaciones de salud delicadas.
  2. Límites en el valor y peso:
    • Para envíos postales, aéreos y marítimos, el límite máximo permitido es de 200 dólares estadounidenses o su equivalente en peso, hasta 20 kilogramos.
    • En el caso de equipaje acompañado de pasajeros, se permite la importación de estos productos esenciales hasta un valor de 500 dólares o 50 kilogramos, siempre que no tengan carácter comercial.
    • Cabe destacar que los primeros 30 dólares o 3 kilogramos de cualquier envío están exentos del pago de impuestos. A partir de este límite, se aplicará una tarifa del 30% sobre el valor restante.

Detalles sobre las exenciones fiscales y tarifas

Una de las principales novedades de estas medidas es la exención temporal del pago de impuestos aduanales sobre los primeros 30 dólares o 3 kilogramos del envío, lo que permite un margen sin gravamen para las personas que realicen envíos desde el extranjero o traigan consigo productos en su equipaje. Además, si los productos exceden ese límite, se aplicará un gravamen del 30% sobre el valor adicional. Es importante recalcar que este beneficio es temporal, estando vigente hasta el 31 de enero de 2025.

¿Cómo se determina el valor de los envíos?

La Aduana General de la República de Cuba ha establecido una tabla para calcular el valor de los envíos en función de su peso. Cada kilogramo de peso del envío tiene un valor aproximado de 10 dólares estadounidenses, y los primeros 30 dólares o 3 kilogramos están exentos del pago de impuestos. A partir de ese valor, se grava el exceso con un 30% de impuesto. Esto permite a los usuarios calcular con antelación los posibles costos de sus envíos.

Condiciones adicionales

Es importante recordar que los productos permitidos bajo esta normativa deben ser presentados en bultos separados si forman parte del equipaje del pasajero. Los alimentos, productos de aseo y medicamentos deben estar en paquetes diferentes de cualquier otro tipo de mercancía que el viajero o el remitente esté importando.

En el caso de los envíos aéreos, marítimos o postales, el contenido debe estar compuesto exclusivamente por alimentos, productos de aseo o medicamentos, sin mezclarse con otros artículos. De no cumplir con estas disposiciones, el envío podría ser rechazado o se podrían aplicar sanciones adicionales.

Si desea conocer en detalle la resolución puede consultar la Gaceta Oficial de Cuba. Clic aquí.

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